Impuestos en restaurantes por país (LatAm 2026)
Por Felipe Damonte · 6 de octubre de 2026 · 6 min de lectura

En los 14 países que cubrimos, el impuesto principal de un restaurante va de 7% de ITBMS en Panamá (DGI) a 22% de IVA básico en Uruguay (DGI). Costa Rica (Ley 9116) y República Dominicana (Código de Trabajo) suman además un 10% obligatorio de servicio o propina legal.
Esta comparativa resume solo lo que ya documentan nuestras guías por país, cada una con sus fuentes oficiales consultadas el 6 de octubre de 2026. Las tasas cambian: antes de fijar precios, abre la guía de tu país y confirma con tu contador. Las comisiones de las apps de delivery no son un impuesto; están en cuánto cobran las apps en LATAM.
Comparativa por país
| País | Impuesto principal y tasa | Servicio o propina | Regímenes especiales | Guía |
|---|---|---|---|---|
| Argentina | IVA 21% para el responsable inscripto (Ley de IVA, arts. 3 y 28), más Ingresos Brutos: CABA 3% o 4,5% (Ley 6948), Provincia de Buenos Aires 3,5% a 4,5% (Ley 15.558), Córdoba 3% o 4% (Ley 11.090) | El convenio gastronómico prohíbe al personal recibirla (CCT 389/04) | Monotributo: no factura IVA aparte y paga una cuota mensual de $49.527,18 a $1.614.446,04 desde el 1/08/2026 (ARCA) | IVA, Ingresos Brutos, monotributo |
| Chile | IVA 19% (SII) | Sugerida en la cuenta, aparte de la boleta (Dirección del Trabajo); en el voucher va en "Otros Montos" (SII, Res. Ex. 176) | — | IVA y propina en Chile |
| Colombia | Impoconsumo 8% (Estatuto Tributario, art. 512-9), también para llevar y a domicilio (art. 512-1) | Voluntaria; hasta 10% si se incluye en la factura, preguntando al cliente (Ley 1935 de 2018) | — | Impoconsumo en Colombia |
| Perú | IGV 18% (SUNAT) | No la cubre la guía | Restaurantes MYPE: 10,5% (8% de IGV + 2,5% de IPM) (SUNAT); 8% de IGV hasta el 31/12/2026 y 12% en 2027 (Ley 32219) | IGV en Perú |
| México | IVA 16%, también para llevar y a domicilio (LIVA) | Voluntaria (Profeco); fuera de la base del IVA (SAT, criterio 30/IVA/N) | 8% en la región fronteriza norte, con aviso al SAT (SAT); las apps retienen 2,5% de ISR y 50% del IVA a personas físicas (LIF 2026) | IVA en México, retenciones de apps |
| Uruguay | IVA básico 22% (DGI) | No la cubre la guía | Rebaja de 9 puntos pagando con tarjeta o dinero electrónico (DGI), prorrogada hasta el 30/04/2027 (MEF) | Rebaja de IVA en Uruguay |
| Costa Rica | IVA 13% (Ley 9635, art. 10) | 10% de servicio obligatorio con servicio en mesa, antes de impuestos (Ley 9116) | — | IVA y servicio en Costa Rica |
| Ecuador | IVA 15% desde el 1/04/2024 (SRI) | Propina legal de 10% fuera de la base del IVA (Reglamento LRTI, art. 145) | 8% en feriados decretados, para servicios turísticos registrados (SRI) | IVA en Ecuador |
| República Dominicana | ITBIS 18% (DGII) | 10% de propina legal al consumir en el local (Código de Trabajo, art. 228); no para llevar ni a domicilio (Pro Consumidor) | — | ITBIS en República Dominicana |
| Panamá | ITBMS 7% (DGI) | Voluntaria; solo puede sugerirse aparte (Ley 34 de 2016) | Comida sin bebidas alcohólicas exenta (DGI) | ITBMS en Panamá |
| Guatemala | IVA 12% incluido en el precio (Ley del IVA, art. 10) | Si el restaurante la agrega, va en la factura y paga IVA (Reglamento, art. 17) | Pequeño contribuyente: 5% (art. 47) | IVA en Guatemala |
| Paraguay | IVA 10% (Ley 6380, art. 90), incluido en el precio (art. 93) | No la cubre la guía | El régimen de la pandemia terminó en 2021 (Decreto 6144/2021) | IVA en Paraguay |
| Honduras | ISV 15% incluido en el precio (Ley del ISV, arts. 6, 7 y 15); 18% para cerveza y bebidas alcohólicas (SAR) | No puede agregarse en la factura (Acuerdo 084-2021, art. 78) | Régimen Simplificado hasta L 250.000 de ventas al año (SAR) | ISV en Honduras |
| Bolivia | IVA 13% incluido y sin desglose, más IT 3% sobre ingresos brutos (Ley 843, arts. 5, 15 y 75) | No la cubre la guía | RTS para vivanderos: cuota bimestral de Bs 47 a Bs 350 (DS 24484) | IVA en Bolivia |
"No la cubre la guía" significa que la guía de ese país no documenta una regla de propina; no quiere decir que no exista.
¿En qué países el impuesto va incluido en el precio de la carta?
- Guatemala: el IVA de 12% va incluido en el precio (Ley del IVA, art. 10).
- Paraguay: el precio que se publica incluye el IVA de 10% (Ley 6380, arts. 90 y 93).
- Honduras: al consumidor final, el ISV de 15% va en el precio final (Ley del ISV, art. 7).
- Bolivia: el IVA de 13% forma parte del precio y no se muestra por separado (Ley 843, art. 5).
- Argentina: el ticket al consumidor final muestra el "IVA Contenido" en el precio (RG 5614).
¿Dónde el 10% de servicio o propina es obligatorio?
- Costa Rica: 10% de servicio con servicio en mesa, calculado antes de impuestos (Ley 9116).
- República Dominicana: 10% de propina legal al consumir en el local, no para llevar ni a domicilio (Pro Consumidor).
- Ecuador: 10% de propina legal en restaurantes calificados, fuera de la base del IVA (Reglamento LRTI, art. 145).
En Chile, Colombia, México y Panamá la propina es voluntaria; en Honduras no puede agregarse en la factura. El detalle país por país está en ¿puedo incluir la propina en la cuenta?.
Preguntas frecuentes
¿Qué país de LatAm cobra más impuesto en restaurantes?
Entre los 14 países de esta tabla, Uruguay tiene la tasa básica más alta, 22% (DGI), aunque baja 9 puntos si se paga con tarjeta (DGI). Le sigue Argentina con 21% de IVA (Ley de IVA).
¿Y cuál cobra menos?
Panamá, con 7% de ITBMS (DGI); la comida sin bebidas alcohólicas está exenta (DGI).
¿La propina paga IVA?
Depende del país. En México (SAT) y Ecuador (Reglamento LRTI, art. 145) queda fuera de la base; en Guatemala, si el restaurante la agrega, va en la factura y paga IVA (Reglamento del IVA, art. 17).
¿El delivery paga el mismo impuesto que el consumo en el local?
En México el IVA de 16% también alcanza la comida para llevar y a domicilio (LIVA), y en Colombia el impoconsumo también (Estatuto Tributario, art. 512-1). En República Dominicana, el 10% de propina legal no se cobra para llevar ni a domicilio (Pro Consumidor).
En resumen
El impuesto principal de un restaurante en LatAm va de 7% en Panamá (DGI) a 22% en Uruguay (DGI), y en tres países el 10% de servicio o propina es obligatorio por ley. Usa la tabla para ubicarte y la guía de tu país para el detalle.