IVA en restaurantes de Ecuador 2026: 15% y el 8% en feriados
Por Felipe Damonte · 6 de octubre de 2026 · 5 min de lectura

Un restaurante en Ecuador factura 15% de IVA, la tarifa general vigente desde el 1 de abril de 2024 (SRI). La propina legal del 10% en restaurantes calificados no forma parte de la base del IVA (Reglamento LRTI, art. 145). En feriados puntuales, un decreto puede bajar la tarifa al 8% para servicios turísticos registrados (SRI).
Esta guía resume normas y publicaciones del Servicio de Rentas Internas (SRI) consultadas el 6 de octubre de 2026; no reemplaza la asesoría de tu contador. Si lo que buscas es cómo se trata la propina en otros países, está en ¿se puede incluir la propina en la cuenta?. Para comparar con otros países, mira impuestos en restaurantes por país.
Lo esencial
- Tasa general: 15% desde el 1 de abril de 2024 (Decreto Ejecutivo 198), según la tabla de tarifas del SRI. En mayo de 2026 el SRI informó una rebaja temporal de 15% a 8% para el turismo, sobre esa misma tarifa general (Boletín NAC-COM-26-029).
- Propina legal: "el 10% del valor de servicios de hoteles y restaurantes calificados, no será parte de la base imponible" (Reglamento LRTI, art. 145).
- Feriados: el Presidente puede reducir por decreto la tarifa al 8% para actividades turísticas, que incluyen el servicio de alimentos y bebidas, hasta 12 días al año (SRI, beneficios para el sector turístico).
- Quién puede cobrar 8%: solo quien consta en el Registro de Turismo y tiene la Licencia Única Anual de Funcionamiento (LUAF) al día (SRI).
- Declaración: mensual si vendes con tarifa de IVA, hasta el día 10 a 28 del mes siguiente según el noveno dígito del RUC (SRI).
¿La propina legal lleva IVA?
No. El artículo 145 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno dice que la base imponible de un servicio es "el valor total cobrado por el servicio prestado", pero que la propina legal del 10% de hoteles y restaurantes calificados "no será parte de la base imponible" (Reglamento LRTI). En la factura, el 15% se calcula sobre el consumo y la propina va aparte.
¿Cuándo baja el IVA al 8% en un restaurante?
Solo en las fechas que fija cada decreto. El SRI explica que el Presidente puede reducir la tarifa al 8% para servicios definidos como actividades turísticas en el artículo 5 de la Ley de Turismo, entre ellas el servicio de alimentos y bebidas, hasta por 12 días al año en feriados o fines de semana, y que el comprobante debe emitirse en esas fechas (SRI).
Así pasó, por ejemplo, del 23 al 25 de mayo de 2026: el SRI informó que el Decreto Ejecutivo 391 bajó el IVA del 15% al 8% para actividades turísticas, aplicable solo a prestadores con Registro de Turismo y LUAF vigente (Boletín NAC-COM-26-029).
Para el feriado del 9 al 11 de octubre de 2026, el Decreto Ejecutivo 513 dispuso otra reducción al 8% para las actividades del artículo 5 de la Ley de Turismo, con vigencia desde su publicación en el Registro Oficial, según el resumen del decreto que publicó Lexis. Revisa en el SRI las condiciones antes de facturar con esa tarifa.
Ejemplo: una cuenta de USD 40,00
Ejemplo ilustrativo armado por Jefe con la tarifa general del SRI, la reducción de los decretos de feriado y el artículo 145 del Reglamento LRTI. Supone un restaurante calificado que cobra la propina legal y un consumo de USD 40,00 antes de impuestos:
| Concepto | Día normal | Feriado al 8% |
|---|---|---|
| Consumo | USD 40,00 | USD 40,00 |
| IVA | 15%: 6,00 | 8%: 3,20 |
| Propina legal 10% (fuera de base) | USD 4,00 | USD 4,00 |
| Total | USD 50,00 | USD 47,20 |
El IVA que declaras por esa venta es el de la fila IVA; los USD 4,00 de propina no entran en la base (Reglamento LRTI, art. 145). La columna de feriado solo vale si tu local tiene Registro de Turismo y LUAF y el servicio se presta en las fechas del decreto (SRI).
Otros países de la región también tienen un cargo por servicio con reglas propias: mira el IVA y el cargo por servicio en Costa Rica y el ITBIS y la propina legal en República Dominicana.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto IVA cobra un restaurante en Ecuador?
15%, la tarifa general desde el 1 de abril de 2024 por el Decreto Ejecutivo 198 (SRI), salvo en los feriados en que un decreto la baja al 8% para servicios turísticos (SRI).
¿La propina del 10% se suma a la base del IVA?
No. La propina legal del 10% de hoteles y restaurantes calificados no es parte de la base imponible (Reglamento LRTI, art. 145).
¿Cualquier restaurante puede cobrar IVA del 8% en feriado?
No. Solo los prestadores inscritos en el Registro de Turismo con la LUAF vigente, y solo en las fechas del decreto (SRI).
¿Cuándo se declara el IVA en Ecuador?
Si vendes con tarifa de IVA, cada mes, con fecha máxima entre el 10 y el 28 del mes siguiente según el noveno dígito de tu RUC (SRI).
En resumen
Un restaurante en Ecuador factura 15% de IVA (SRI); la propina legal del 10% de restaurantes calificados queda fuera de la base (Reglamento LRTI, art. 145), y en algunos feriados un decreto baja la tarifa al 8% solo para prestadores con Registro de Turismo y LUAF (SRI).