IVA en restaurantes de El Salvador: 13%, propinas y quién queda excluido

Por Felipe Damonte · 10 de octubre de 2026 · 4 min de lectura

IVA en restaurantes de El Salvador: 13%, propinas y quién queda excluido

Un restaurante en El Salvador cobra 13% de IVA: la ley dice que "la tasa del impuesto es el trece por ciento, aplicable sobre la base imponible" (Ley de IVA, art. 54). Servir comida es una prestación de servicios gravada, porque la ley grava toda operación onerosa que no sea transferir bienes (arts. 16 y 17).

Esta guía resume la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios en la versión actualizada que publica la Dirección General de Aduanas (con reformas hasta el Diario Oficial n.º 193, tomo 425, del 15 de octubre de 2019), consultada el 10 de octubre de 2026; no reemplaza la asesoría de tu contador. Para comparar con otros países, mira impuestos en restaurantes por país.

Lo esencial

  • Tasa: 13% sobre la base imponible (art. 54).
  • Servicio de restaurante: es prestación de servicios, hecho generador del impuesto (arts. 16 y 17).
  • Propinas: no integran la base imponible si constan en los documentos que señala el art. 97 (art. 49).
  • Cuánto pagas: el débito fiscal del mes menos el crédito fiscal de tus compras (art. 64).
  • Cuándo: declaración y pago dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente (art. 94).
  • Negocios pequeños: quedan excluidos si en los 12 meses anteriores vendieron menos de 50.000 colones y su activo es menor a 20.000 colones (art. 28).

¿Qué pasa con la propina?

El art. 49 dice que no integra la base imponible "el monto correspondiente a propinas, cotizaciones previsionales, sindicales o similares, que consten en los documentos señalados en el Art. 97 de esta ley" (Ley de IVA, art. 49). En la misma versión de la ley, el art. 97 figura como derogado (art. 97), así que pregúntale a tu contador cómo detallar la propina en el documento que emites antes de excluirla del IVA.

¿Quién queda excluido de pagar IVA?

Quien en los doce meses anteriores vendió, entre operaciones gravadas y exentas, menos de 50.000 colones y tiene un activo total menor a 20.000 colones (art. 28). Como el tipo de cambio es fijo en 8,75 colones por dólar (Ley de Integración Monetaria, art. 1), eso equivale a unos US$5.714 de ventas y US$2.286 de activo.

La exclusión no aplica a sociedades ni a importadores, ni cuando un contribuyente tiene más de un local y entre todos superan esos montos. Si en el año los superas, pasas a ser contribuyente desde el mes subsiguiente (art. 28). Quien inicia actividades queda excluido si su activo inicial es menor a 20.000 colones (art. 29), y cualquiera de estos negocios puede optar por inscribirse como contribuyente (art. 30).

Ejemplo: una cuenta de US$50

Ejemplo ilustrativo armado por Jefe con la tasa del art. 54, para un restaurante contribuyente que suma el IVA al precio:

ConceptoMonto
Consumo (base imponible)US$50,00
IVA débito: 13% de la baseUS$6,50
Total que paga el cliente sin propinaUS$56,50
Propina de 10% sobre el consumo (opcional)US$5,00

La propina no suma IVA si consta como dice el art. 49. Al cierre del mes, al débito de todas tus ventas le restas el crédito fiscal del IVA que pagaste en tus compras (art. 64) y declaras dentro de los diez primeros días hábiles (art. 94).

Para comparar con países vecinos, mira el IVA en restaurantes de Guatemala, el ISV en restaurantes de Honduras y el IVA en restaurantes de Costa Rica.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto IVA cobra un restaurante en El Salvador?

13% sobre la base imponible (Ley de IVA, art. 54).

¿La propina paga IVA en El Salvador?

Según el art. 49, la propina no integra la base imponible si consta en los documentos que señala el art. 97 (Ley de IVA, art. 49); como ese artículo figura derogado en la versión vigente, confirma con tu contador cómo documentarla.

¿Cuándo se declara el IVA?

Dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente al período tributario (Ley de IVA, art. 94).

¿Un negocio de comida pequeño paga IVA?

Queda excluido si vendió menos de 50.000 colones (unos US$5.714) en los 12 meses anteriores y su activo es menor a 20.000 colones (unos US$2.286), salvo que sea sociedad o importador (art. 28; Ley de Integración Monetaria, art. 1).

En resumen

Un restaurante en El Salvador cobra 13% de IVA sobre la base imponible (art. 54), paga cada mes la diferencia entre débito y crédito fiscal (art. 64) dentro de los diez primeros días hábiles (art. 94) y, si es muy pequeño, puede quedar excluido de la calidad de contribuyente (art. 28).