IVA en restaurantes de Paraguay: 10% incluido en el precio

Por Felipe Damonte · 6 de octubre de 2026 · 4 min de lectura

IVA en restaurantes de Paraguay: 10% incluido en el precio

Un restaurante en Paraguay cobra 10% de IVA: el 5% es para una lista cerrada sin restaurantes y el 10% rige "para todos los demás casos" (Ley 6380, art. 90). El precio de la carta debe mostrarse con el IVA incluido (art. 93). El régimen de pandemia que dejaba el impuesto en 5% efectivo terminó en 2021 (Decreto 6144/2021).

Esta guía resume la Ley 6380/2019 y decretos publicados por la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), consultados el 6 de octubre de 2026; no reemplaza la asesoría de tu contador. Si lo que buscas es el impuesto en un país vecino, mira el IVA en restaurantes de Argentina o la rebaja de IVA por pago con tarjeta en Uruguay. Para comparar con otros países, mira impuestos en restaurantes por país.

Lo esencial

  • Tasa: 10% para los restaurantes; el 5% queda para el alquiler de vivienda, inmuebles, ciertos productos de la canasta familiar, agrícolas, pecuarios y medicamentos (Ley 6380, art. 90).
  • Base: el precio devengado, que "se integrará con todos los importes cargados al comprador", aunque se facturen por separado (art. 85).
  • Precio publicado: los contribuyentes deben ofertar sus precios "con el IVA incluido" (art. 93).
  • Liquidación: mensual, por la diferencia entre IVA débito e IVA crédito, con el Formulario 120 y la obligación 211 (DNIT, cartilla del IVA; DNIT).
  • Comprobantes: hay que emitir un comprobante de venta timbrado por cada venta o servicio (art. 92).

¿Por qué algunos artículos dicen que los restaurantes pagan 5%?

Porque entre 2020 y 2021 rigió un régimen transitorio. El Decreto 3881/2020 dispuso que hoteles, restaurantes y abastecimiento de eventos liquidaran el IVA "aplicando la tasa del diez por ciento (10%) sobre el cincuenta por ciento (50%)" de la base, desde el 1 de agosto de 2020 (Decreto 3881/2020, arts. 4 y 6). Se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2021, y el Decreto 6144/2021 dispuso que desde el 1 de enero de 2022 esos servicios "se regirán conforme a la regla general del tributo" (Decreto 6144/2021, arts. 1 y 3).

¿Cómo se calcula el IVA si ya está en el precio?

Con la tasa del 10% incluida en el precio (art. 93), el IVA contenido en un total es ese total dividido por 11. Un plato de G. 110.000 en la carta lleva G. 10.000 de IVA y G. 100.000 de precio sin impuesto.

Ejemplo: una mesa de G. 330.000

Ejemplo ilustrativo armado por Jefe con los artículos 85, 90 y 93 de la Ley 6380 y el artículo 4 del Decreto 3881/2020. La columna de 2021 muestra la misma venta neta con el régimen que ya no rige:

ConceptoHoy (regla general)2021 (régimen transitorio)
Precio sin IVAG. 300.000G. 300.000
Base sobre la que se aplica 10%G. 300.000G. 150.000
IVA débito de la ventaG. 30.000G. 15.000
Precio sin IVA + IVA débitoG. 330.000G. 315.000

Hoy, de los G. 330.000 que paga el cliente, G. 30.000 son IVA débito; a ese débito le restas el IVA crédito de tus compras del mes (DNIT, cartilla del IVA). El cálculo de 2021 sirve solo para entender facturas o artículos de esa época (Decreto 6144/2021).

Para comparar con la región, mira el IVA en restaurantes de Guatemala, el ITBMS en restaurantes de Panamá y el IVA en restaurantes de Bolivia, que también va incluido en el precio.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto IVA cobra un restaurante en Paraguay?

10%: los restaurantes no están en la lista del 5% y quedan en la tasa de "todos los demás casos" (Ley 6380, art. 90).

¿El precio de la carta incluye IVA?

Sí. La ley obliga a ofertar los precios con el IVA incluido (art. 93).

¿Sigue vigente la rebaja del IVA para restaurantes?

No. El régimen transitorio del Decreto 3881/2020 se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2021 y desde el 1 de enero de 2022 rige la regla general (Decreto 6144/2021).

¿Cada cuánto se declara el IVA?

Todos los meses, con el Formulario 120, en la fecha que marca el calendario perpetuo de vencimientos de la DNIT (cartilla del IVA).

En resumen

Un restaurante en Paraguay cobra 10% de IVA (Ley 6380, art. 90), incluido en el precio que publica (art. 93), y la liquidación sobre la mitad de la base que rigió en la pandemia terminó el 31 de diciembre de 2021 (Decreto 6144/2021).