Ingresos Brutos restaurantes 2026: CABA, PBA y Córdoba

Por Felipe Damonte · 6 de octubre de 2026 · 5 min de lectura

Ingresos Brutos restaurantes 2026: CABA, PBA y Córdoba

En 2026, un restaurante paga 3% de Ingresos Brutos en CABA si el año anterior facturó hasta $2.154.300.000 y 4,5% si superó ese tope (Ley 6948). En la Provincia de Buenos Aires paga entre 3,5% y 4,5% según sus ingresos (Ley 15.558), y en Córdoba 3% o 4% (Ley 11.090, Anexo I).

Ingresos Brutos es un impuesto provincial: cada jurisdicción fija la alícuota en su ley impositiva anual (AGIP, ARBA, Rentas Córdoba), así que esta guía cubre solo las tres que pudimos confirmar con la norma oficial. Santa Fe, Mendoza y el resto de las provincias tienen sus propias tasas y topes; revisalos con el organismo de tu provincia o con tu contador. Fuentes consultadas el 6 de octubre de 2026. Para comparar con otros países, mira impuestos en restaurantes por país.

Lo esencial

  • CABA: 3% hasta $2.154.300.000 de ingresos anuales del año anterior; 4,5% por encima, desde el 1 de junio de 2026 (AGIP).
  • Provincia de Buenos Aires: 4,5% general, 4% si los ingresos del año anterior no superan $917.163.000 y 3,5% si no superan $15.286.053 (Ley 15.558, art. 20).
  • Córdoba: 3% si los ingresos atribuibles a Córdoba en 2025 no superan $88.100.000; si los superan, 4% (Ley 11.090, Anexo I y art. 37).
  • Monotributo unificado: si sos monotributista en CABA, Buenos Aires o Córdoba, el Ingresos Brutos del régimen simplificado va dentro de la cuota mensual (ARCA).

CABA: 3% o 4,5% según lo que facturaste el año anterior

La Ley Tarifaria 2026 de la Ciudad pone a restaurantes, bares, fast food y comidas para llevar (códigos NAES 561011 a 561020) en la planilla del artículo 6°, con 3% o 4,5% (Ley 6927, Anexo). La Ley 6948 subió el tope que separa las dos alícuotas de $2.004.000.000 a $2.154.300.000 de ingresos brutos anuales del ejercicio anterior (Ley 6948).

AGIP explica que el cambio rige desde el 1 de junio de 2026 y busca que la inflación no empuje a nadie a la alícuota más alta (AGIP).

Provincia de Buenos Aires: de 3,5% a 4,5% por tramos

La Ley Impositiva 2026 fija 4,5% para la clase 5610 del nomenclador NAIIB-18, "servicios de expendio de comidas y bebidas", con alícuotas reducidas por tramo de ingresos (Ley 15.558, art. 20):

Ingresos del año anterior (todas tus actividades)Alícuota 5610Fuente
Hasta $15.286.0533,5%Ley 15.558
Hasta $917.163.0004%Ley 15.558
Más de $917.163.0004,5%Ley 15.558

Para el tope, la ley suma los ingresos gravados, no gravados y exentos del período anterior, de actividades dentro o fuera de la provincia (Ley 15.558, art. 20). Para confirmar tu código, ARBA publica el nomenclador NAIIB-18.

Córdoba: 3% o 4%, y más para rotiserías y heladerías

El Anexo I de la Ley 11.090 fija para restaurantes, bares y fast food (561011 a 561019) una alícuota reducida de 3% y una especial de 4%, sin alícuota agravada (Ley 11.090, Anexo I). La reducida aplica si tus ingresos atribuibles a Córdoba en 2025 no superan $88.100.000 (Ley 11.090, art. 37).

Las comidas para llevar (561020) y las heladerías (561030) tienen otra escala: 3,5%, 4,75% y 5,5% agravada si los ingresos atribuibles a Córdoba superan $431.800.000 (Ley 11.090, Anexo I y art. 38).

Ejemplo: el mismo restaurante en tres jurisdicciones

Ejemplo ilustrativo armado por Jefe con las alícuotas de las leyes citadas arriba. Supone un restaurante (código 561011) con una base imponible de $10.000.000 en el mes, que trabaja en una sola jurisdicción:

Ingresos del año anteriorCABAProvincia de Buenos AiresCórdoba
$80.000.0003% = $300.0004% = $400.0003% = $300.000
$120.000.0003% = $300.0004% = $400.0004% = $400.000

Qué entra en la base imponible lo define el código fiscal de cada jurisdicción, y si tenés local en una y vendés en otra, por ejemplo con delivery entre CABA y el conurbano, tributás por Convenio Multilateral, que coordina la Comisión Arbitral. Para comparar este costo con otros que salen de cada venta, mirá cuánto cobran las tarjetas a un restaurante y cuánto te queda después de la comisión de PedidosYa.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga de Ingresos Brutos un restaurante en CABA?

3% si los ingresos brutos anuales del año anterior no superaron $2.154.300.000 y 4,5% si los superaron, desde el 1 de junio de 2026 (AGIP).

¿Cuál es la alícuota de Ingresos Brutos para gastronomía en provincia de Buenos Aires?

4,5% en general para la clase 5610, 4% con ingresos del año anterior de hasta $917.163.000 y 3,5% con hasta $15.286.053 (Ley 15.558).

¿Y en Córdoba?

3% si tus ingresos atribuibles a Córdoba en 2025 no superaron $88.100.000 y 4% si los superaron; rotiserías y heladerías tienen alícuotas más altas (Ley 11.090, Anexo I).

Si soy monotributista, ¿pago Ingresos Brutos aparte?

En CABA, Buenos Aires, Córdoba y otras jurisdicciones adheridas al monotributo unificado, no: el Ingresos Brutos del régimen simplificado se paga en la misma cuota mensual (ARCA). Las categorías están en monotributo para restaurantes 2026.

En resumen

Un restaurante paga en 2026 3% o 4,5% de Ingresos Brutos en CABA (Ley 6948), entre 3,5% y 4,5% en la Provincia de Buenos Aires (Ley 15.558) y 3% o 4% en Córdoba (Ley 11.090); en las demás provincias la tasa cambia. Sumalo al IVA, que se explica en cuánto IVA cobra un restaurante en Argentina.