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title: "Retenciones de apps de delivery en México 2026: ISR 2,5% e IVA"
description: "Cuánto retienen Uber Eats, Rappi y DiDi Food a un restaurante en México en 2026: 2,5% de ISR, 50% del IVA, 20% sin RFC, con ejemplo y artículos de ley."
canonical: "https://www.chejefe.com/blog/finanzas/retenciones-apps-delivery-mexico-2026"
last-updated: "2026-10-06"
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# Retenciones de apps de delivery en México 2026: ISR 2,5% e IVA

Por Felipe Damonte · 2026-10-06 · https://www.chejefe.com/blog/finanzas/retenciones-apps-delivery-mexico-2026

> Cuánto retienen Uber Eats, Rappi y DiDi Food a un restaurante en México en 2026: 2,5% de ISR, 50% del IVA, 20% sin RFC, con ejemplo y artículos de ley.

En México, **una app de delivery que cobra por un restaurante persona física le retiene en 2026 el 2,5% de ISR sobre el ingreso sin IVA y el 50% del IVA cobrado**. Si el restaurante no le dio su RFC, la retención sube a 20% de ISR y 100% del IVA. El 2,5% sale de la Ley de Ingresos de la Federación 2026 (art. 25, fr. VI), que reemplaza el 1% de la Ley del ISR. [LIF 2026](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIF_2026.pdf), [LISR](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR.pdf), [LIVA](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIVA.pdf).

Esta guía cubre **solo México** y solo las retenciones de impuestos: la comisión de cada app es otro descuento, que está en [las comisiones de delivery en México 2026](/blog/independencia-de-las-apps/comisiones-apps-delivery-mexico-2026); el detalle por app, en [la comisión de Uber Eats en México](/blog/independencia-de-las-apps/comisiones-uber-eats-restaurantes) y [la de DiDi Food](/blog/independencia-de-las-apps/comisiones-didi-food). No reemplaza a tu contador; sirve para entender tu liquidación y tu CFDI de retenciones.

## Respuesta rápida

| Quién vende por la app                      | Retención de ISR           | Retención de IVA                     | Fundamento                                                                                                                                                       |
| ------------------------------------------- | -------------------------- | ------------------------------------ | ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- |
| Persona física con RFC                      | 2,5% del ingreso sin IVA   | 50% del IVA cobrado                  | [LIF 2026, art. 25, fr. VI](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIF_2026.pdf); [LIVA, art. 18-J](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIVA.pdf) |
| Persona física sin RFC registrado en la app | 20%                        | 100% del IVA cobrado                 | [LISR, art. 113-C](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR.pdf); [LIVA, art. 18-J](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIVA.pdf)              |
| Persona moral (S.A., S. de R.L.) con RFC    | 2,5%, sin deducción alguna | No la prevé el art. 18-J, fr. II, a) | [LIF 2026, art. 25, fr. VI](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIF_2026.pdf); [LIVA, art. 18-J](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIVA.pdf) |
| Persona moral sin RFC                       | 20%                        | No la prevé el art. 18-J, fr. II, a) | [LIF 2026, art. 25, fr. VI](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIF_2026.pdf)                                                                           |

Fuente: textos publicados por la Cámara de Diputados, consultados el 6 de octubre de 2026 (LIF 2026, DOF 07-11-2025). Las retenciones de ISR son pago provisional (acreditable), no un impuesto extra.

## Lo esencial

- **2,5% de ISR en 2026, no 1%:** la LIF 2026 sustituye la tasa del art. 113-A, tercer párrafo, fracción III de la Ley del ISR (enajenación de bienes y prestación de servicios) por 2,5%. [LIF 2026, art. 25, fr. VI](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIF_2026.pdf), [LISR, art. 113-A](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR.pdf).
- **Desde 2026 también a personas morales:** la LIF obliga a las plataformas a retener 2,5% sin deducción alguna a las personas morales que venden por ellas, acreditable en pagos provisionales o en la anual. [LIF 2026, art. 25, fr. VI](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIF_2026.pdf).
- **El IVA se retiene a la mitad:** la plataforma que cobra por cuenta de una persona física le retiene el 50% del IVA cobrado; el 100% si no dio su RFC. [LIVA, art. 18-J](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIVA.pdf).
- **La comida preparada lleva IVA de 16%,** también para llevar o con entrega a domicilio. [LIVA, art. 2-A](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIVA.pdf). La tasa de 8% de la frontera norte y la propina están en [¿cuánto IVA cobra un restaurante en México?](/blog/finanzas/iva-restaurantes-mexico).
- **Te tienen que dar un CFDI de retenciones** dentro de los cinco días siguientes al mes de la retención. [LIVA, art. 18-J](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIVA.pdf).

## ¿Por qué 2,5% y no 2,1%?

La Ley del ISR tiene tres tasas de retención para plataformas: 2,1% para "transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes", 4% para hospedaje y 1% para "enajenación de bienes y prestación de servicios" ([LISR, art. 113-A](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR.pdf)). El 2,1% es para quien presta el servicio de entrega, es decir, el repartidor. El restaurante que vende comida por la app enajena bienes: su tasa es la de la fracción III, que para 2026 la LIF fija en 2,5% ([LIF 2026, art. 25, fr. VI](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIF_2026.pdf)).

La LIF es una ley anual: el 2,5% rige para el ejercicio 2026. Para 2027, revisa la Ley de Ingresos de ese año antes de dar la tasa por sentada ([LIF 2026](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIF_2026.pdf)).

## ¿Sobre qué monto se calcula la retención?

Para el ISR, sobre "el total de los ingresos que efectivamente perciban las personas físicas por conducto de los citados medios", sin incluir el IVA, e incluye los pagos por cualquier concepto adicional que reciban por la app ([LISR, art. 113-A](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR.pdf)). Para el IVA, sobre el impuesto "cobrado" por la plataforma por cuenta del vendedor ([LIVA, art. 18-J](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIVA.pdf)). La base exacta que usó cada app aparece en el CFDI de Retenciones e información de pagos: contrástala con tus ventas del mes.

## Ejemplo: cuánto retienen de un pedido de $580

Ejemplo con supuestos: un restaurante persona física con RFC vende por una app un pedido de $580 con IVA incluido. Si la base de la retención es la venta sin IVA, la cuenta queda así:

| Concepto (ejemplo)              | Importe |
| ------------------------------- | ------: |
| Precio del pedido, IVA incluido |    $580 |
| Venta sin IVA                   |    $500 |
| IVA de 16%                      |     $80 |
| ISR retenido (2,5% de $500)     |  $12.50 |
| IVA retenido (50% de $80)       |     $40 |
| Total retenido                  |  $52.50 |

En el ejemplo, la app te descuenta $52.50 de impuestos, además de su comisión. Esos $52.50 no se pierden: el ISR retenido es pago provisional y el IVA retenido sustituye tu obligación de pago por ese monto ([LISR, art. 113-A](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR.pdf); [LIVA, art. 18-J](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIVA.pdf)). Lo que sí cambia es el flujo de caja: te depositan menos hoy. Si además tu RFC no está cargado en la app, la retención del mismo pedido sería de $100 de ISR (20%) más $80 de IVA (100%): $180 en lugar de $52.50.

Para ver cuánto te queda después de la comisión, usa la [calculadora de comisiones de delivery](/calculadora-comisiones-delivery) y, si vas a ajustar precios en la app, [cómo calcular el precio en apps de delivery](/blog/independencia-de-las-apps/como-calcular-precio-apps-delivery).

## Qué tiene que hacer la plataforma

La Ley del IVA obliga a las plataformas que cobran por cuenta del vendedor a enterar la retención a más tardar el día 17 del mes siguiente, a expedir a cada persona física un CFDI de Retenciones e información de pagos a más tardar dentro de los cinco días siguientes al mes de la retención y a inscribirse como retenedoras ([LIVA, art. 18-J](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIVA.pdf)). Las plataformas residentes en México que operan como intermediarias deben cumplir esas mismas obligaciones ([LIVA, art. 1o.-A BIS](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIVA.pdf)). También deben informar al SAT, cada mes, el nombre, RFC, CURP, domicilio fiscal, cuenta bancaria y monto de operaciones de cada vendedor ([LIVA, art. 18-J, fr. III](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIVA.pdf)).

## ¿Puedo tomar la retención como pago definitivo?

Solo en casos chicos. La Ley del ISR permite a la persona física considerar definitivas las retenciones cuando únicamente obtiene ingresos por plataformas y en el ejercicio anterior no pasó de trescientos mil pesos; en ese caso no puede hacer deducciones por esas actividades ([LISR, art. 113-B](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR.pdf)). La Ley del IVA tiene una opción parecida para quienes no pasaron de $300,000.00 en el ejercicio anterior por ventas con intermediación de plataformas ([LIVA, arts. 18-L y 18-M](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIVA.pdf)). Un restaurante con local y ventas en salón casi nunca encaja ahí: revísalo con tu contador.

## Preguntas frecuentes

### ¿Cuánto retiene Uber Eats a un restaurante en México en 2026?

Si el restaurante es persona física con RFC registrado: 2,5% de ISR sobre el ingreso sin IVA y 50% del IVA cobrado. Sin RFC: 20% de ISR y 100% del IVA. Es la misma regla para Rappi y DiDi Food, porque sale de la ley y no de cada app. [LIF 2026](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIF_2026.pdf), [LIVA, art. 18-J](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIVA.pdf).

### ¿Rappi y DiDi Food retienen 2,1% o 2,5% a los restaurantes?

El 2,1% de la Ley del ISR es para transporte de pasajeros y entrega de bienes (el repartidor). Al restaurante que vende comida le corresponde la tasa de enajenación de bienes, que en 2026 es 2,5%. [LISR, art. 113-A](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR.pdf), [LIF 2026, art. 25, fr. VI](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIF_2026.pdf).

### ¿Las apps retienen ISR a una S.A. o S. de R.L.?

En 2026, sí: la LIF obliga a las plataformas a retener 2,5% sin deducción alguna a las personas morales que venden por ellas (20% si no dan su RFC). Esa retención es acreditable contra los pagos provisionales o la declaración anual. [LIF 2026, art. 25, fr. VI](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIF_2026.pdf).

### ¿La retención es un costo extra?

No es un impuesto adicional: el ISR retenido es pago provisional y el IVA retenido cubre esa parte de tu IVA. Sí afecta tu caja, porque recibes menos dinero en cada liquidación. [LISR, art. 113-A](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR.pdf), [LIVA, art. 18-J](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIVA.pdf).

### ¿Qué pasa si no doy mi RFC a la app?

La retención de ISR sube a 20% y la de IVA al 100% del impuesto cobrado. [LISR, art. 113-C](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR.pdf), [LIVA, art. 18-J](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIVA.pdf).

### ¿Y si vendo por WhatsApp o por mi propia tienda?

Las retenciones del art. 113-A aplican a lo que cobras a través de plataformas tecnológicas que operan como intermediarias. Lo que cobras directamente a tus clientes se declara en tu régimen. [LISR, art. 113-A](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR.pdf). Si quieres vender directo, mira [cómo migrar de las apps a un canal propio](/blog/independencia-de-las-apps/migrar-de-apps-a-canal-propio).

## En resumen

En 2026, las apps de delivery retienen a un restaurante persona física 2,5% de ISR sobre la venta sin IVA y la mitad del IVA cobrado; sin RFC, 20% y 100%. Por primera vez, también retienen 2,5% de ISR a las personas morales. No es un costo extra, pero reduce lo que te depositan: suma la retención a la comisión cuando proyectes tu caja y pide cada mes tu CFDI de retenciones.

Fuentes: [Ley de Ingresos de la Federación para 2026 (DOF 07-11-2025)](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIF_2026.pdf), [Ley del Impuesto sobre la Renta](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR.pdf), [Ley del Impuesto al Valor Agregado](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIVA.pdf), textos publicados por la Cámara de Diputados.

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Fuente: https://www.chejefe.com/blog/finanzas/retenciones-apps-delivery-mexico-2026 · Jefe (chejefe.com)
